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Perfil de nakino

Miembro desde 15 de Junio de 2011
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Usuario

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Redactor

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Colaborador Bronce

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Tener publicada al menos 1 entrada

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El mejor VEF del mes

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Diana

Diana

Tener un mínimo del 50% de entradas publicadas respecto el total de enviadas

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Tener al menos 300 Me gusta en una entrada tuya

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Veteranía

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Veterano (cinco años)

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Memondo Network

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TQD

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VIR

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Comentarista

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Random

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Festivo

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Fin de Año

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Calabaza

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Zombie

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Lotería de navidad

Si la última cifra del premio gordo de la lotería de Navidad (22 Dic) coincide con la última cifra del día de tu registro. Ej: 23/09/2010 jugarías con el 3.

Truco o Trato

Truco o Trato

Tienes hasta el 1 de noviembre para encontrar un personaje de Halloween escondido en esta web ¿Truco o trato?

Truco o Trato Global

Truco o Trato Global

Tienes hasta el 1 de noviembre para encontrar el personaje de Halloween escondido en cada una de las 10 webs de Memondo. ¿Te atreves?

Papá Noel

Papá Noel

Encuentra al Papá Noel que hemos escondido en la web y clica para que te dé el logro de regalo. Cada usuario lo tiene escondido en una página distinta. Pista: Tu fecha de registro vs cuando empezó todo

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Tienes hasta el 31 de diciembre para encontrar un personaje de Navidad escondido en esta web ¿Aceptas el desafío?

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Feliz Navidad (Global)

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12/12/12 12:12

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Comentarios enviados

nakino
31 ene 2018, 12:08

#38 @nelson_manguera Estás muy equivocado.
No he llamado delito a un ilícito civil. He hablado de vulneración cuando hablo de derecho a la propia imagen, y he hablado de delito haciendo referencia a que podría ser uno contra el honor.
He hablado de sanción justamente para diferenciartela de la indemnización civil que has nombrado tú, así que no, no he hablado indistintamente de ambas, tengo muy clara la diferencia.
Te recomiendo que leas desde 0 el hilo de la conversación y verás que has sacado de contexto mis palabras, porque en ningún momento he dicho nada de lo que dices.
Estoy de acuerdo en que los juristas tendemos a meternos en cualquier debate, pero también hay que intentar entender lo que te están diciendo sin tergiversar las palabras.

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nakino
28 ene 2018, 21:51

#36 @nelson_manguera Conozco el tema y conozco el artículo. Como ya he dicho, hice un trabajo de investigación sobre este tema en concreto.
Como tú bien dices, antes se penaba la difusión de imágenes sustraídas ilícitamente, por tanto, es cierto lo que digo que la divulgación, aislada de la obtención ilícita de las fotografías, no se penaba antes, y ahora sí.
Total, que tras incontables mensajes resulta que todo lo que había dicho en un primer momento es cierto. Partiendo del criterio de que sea reconocible, pasando por las sanciones de la AGPD y terminando por el delito de divulgación como novedad en el CP. No veo necesaria la necesidad de contradecir por contradecir.

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nakino
28 ene 2018, 12:08

#34 @nelson_manguera No lo confundo. Te he dicho lo de la sanción justamente porque es muy distinto a la indemnización civil que es lo que me has dicho tú.

En cuanto a la reforma del código penal, si bien es cierto que desconozco gran parte de lo que había antes de la reforma, tengo entendido que no se perseguía la simple difusión, sino que se perseguía la sustracción sin el consentimiento, la difusión simplemente era darle más azúcar, pero nunca se perseguía de forma aislada. De hecho, fue por este motivo que no se condenó a nadie por el caso de Hormigos, y por ello también que se cambiara y se pudiera perseguir la difusión, aunque la obtención fuera lícita. Es a esto a lo que me refería, que ahora se persigue el delito de divulgación de forma separada.

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nakino
27 ene 2018, 22:05

#32 @nelson_manguera Te he dicho que hay sanción porque me has dicho que se puede pedir indemnización por la vía civil solamente, y te digo que, en caso de ser un ilícito, también puede acarrear una sanción.
Hay sentencias sobre este tema, pocas, pero las hay, y cada vez son más los autores que lo ven como posible delito. Es más, el nuevo código penal ya contempla como delito la divulgación de fotografías de carácter sexual, cosa que no estaba contemplado antes. Con la aparición de las nuevas tecnologías todo esto se está adaptando y está cambiando. Tiempo al tiempo.
Y por cierto, si ya conoces la doctrina, sabrás perfectamente que el criterio que sea reconocible es unánime.

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nakino
27 ene 2018, 11:09

#29 @nelson_manguera Te dejo un enlace de una sanción de la AGPD sobre una publicación de una foto en Facebook. https://www.agpd.es/portalwebAGPD/resoluciones/procedimientos_sancionadores/ps_2016/common/pdfs/PS-00206-2016_Resolucion-de-fecha-30-06-2016_Art-ii-culo-6.1-LOPD.pdf

En este caso se archivó, en otros se ha sancionado. Como ves, no me columpio, tú un poco.

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nakino
27 ene 2018, 10:58

#29 @nelson_manguera Si quieres te paso mi TFG, que va sobre este tema, y ha sido evaluado por un doctor en Derecho. Sí puede ser un delito contra el honor. Reza el art. 208 del CP "Es injuria la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación." Subir una foto, por tanto, es una acción que puede (y en este caso así sería) menoscabar su fama.
La AEPD sí puede sancionar, y de hecho así lo hace, están reguladas las sanciones, dependiendo de la intromisión. De esto hay sentencias.
Y ya por finalizar, lo de que sea reconocible no está regulado en la legislación, pero es así. Los requisitos de qué es propia imagen los ha elaborado la doctrina jurisdiccional, como en tantos otros casos.

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nakino
26 ene 2018, 12:23

#24 @nelson_manguera Sí, bueno, te había dicho delito porque no sabía si me entenderías, aunque en este caso podría ser un delito contra el honor también, penado por el código penal, dada la situación en la que se encuentra. No obstante, sigo diciendo que no es una intromisión porque un requisito de la intromisión al derecho a la propia imagen, es que la imagen sea RECONOCIBLE, y a mi esta chica no me parece reconocible porque se le vea una ceja y un ojo cerrado...
Y no obstante, sí puede ser sancionado por la AEPD, ya que la imagen es un dato de carácter personal.

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nakino
26 ene 2018, 00:20

#21 @ddesinope no sé yo, incluso siendo una compañera mía de universidad no sé si la reconocería. En cualquier caso, yo hice mi trabajo de fin de grado sobre el derecho a la propia imagen en las redes sociales y dudo mucho que esto llegaran a considerarlo vulneración, pero bueno, de toda clase de jueces hay. Si probara que realmente la han reconocido y ha sufrido una repercusión...

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nakino
25 ene 2018, 13:10

#10 @blair_0 Poner esta película como caso general y poner como causa de la muerte el haberlo grabado me parece una exageración. Es como si digo que como el policia lo detiene porque cree que está haciendo una infracción, no llega a tiempo al trabajo, lo despiden, deja de pagar la hipoteca, su mujer se divorcia y le quitan a su hijo... Todo porque el policía le paró y resulta que no había hecho nada malo. Pues no, la relación causa-efecto no puede dilatarse exageradamente.

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nakino
25 ene 2018, 13:07

#4 @ddesinope No muestra la cara de la otra chica, solo sale un ojo y cerrado... No es reconocible por esa foto. Ahora mismo a mi me la ponen delante y yo no la reconozco. No es delito si no es reconocible. Habría quien pensara que sí, eso ya sería la decisión del juez.

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nakino
15 ene 2018, 14:30

#3 @tiadeloscereales Totalmente de acuerdo contigo, excepto porque su número de teléfono no aparece en las capturas, solo los tres dígitos del principio.

En cualquier caso, esto es delito. Es una vulneración del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen, del art. 18 CE. Es un delito difundir la imagen del chaval, vulnera el derecho de protección de datos, ya que la imagen es un dato de carácter personal. Se puede meter en un buen lío por el hilo al haber publicado su foto...

1(1 voto)
nakino
12 nov 2015, 17:06

#4 @hepatocito Es que estando como está la sanidad, que tienes que pedir turno para dentro de 4 días, cuando ya casi se te ha pasado el resfriado, total para que te diga: "Un comprimido de Algidol cada 8 horas, y si te encuentras muy mal lo combinas con ibuprofeno". Pues a la farmacia y con Ibuprofeno, zumo de naranja y miel, ya se pasará...

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