El autozasca de Daniel Guzmán tras que le okupen su casa, por @mejoreszasca
Vía: https://twitter.com/mejoreszasca/status/1819018954771153146
La realidad de las cifras desmonta los discursos. La realidad de la ocupación de viviendas que no están en manos de los bancos es marginal.
#2 #2 brinxer dijo: Vamos a ponerlo completo porque si no la gente no se entera.: Art 47 CE: Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.
Esto no es un mandato a los particulares, es un mandato al gobierno. Pone utilización de suelo, no utilización de la vivienda ajena. Pone que deben promover la no especulación... cosa que en España, en nuestros maravillosos ayuntamientos se ha fomentado. Por que los particulares tienen que soportar la inacción suficiente del gobierno??? Ahora vais y me lo discutís.
@brinxer No se que haces que no eres profesor de Derecho Constitucional. Ya que tanto te gusta el Derecho, repásate la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda. A lo mejor encuentras que tus conclusiones poco tienen que ver con lo que significa ese y otros articulos de La Constitucion.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-12203#:~:text=La%20Constituci%C3%B3n%20espa%C3%B1ola%20(CE)%20reconoce,de%20los%20deberes%20constitucionales%20y
#2 #2 brinxer dijo: Vamos a ponerlo completo porque si no la gente no se entera.: Art 47 CE: Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.
Esto no es un mandato a los particulares, es un mandato al gobierno. Pone utilización de suelo, no utilización de la vivienda ajena. Pone que deben promover la no especulación... cosa que en España, en nuestros maravillosos ayuntamientos se ha fomentado. Por que los particulares tienen que soportar la inacción suficiente del gobierno??? Ahora vais y me lo discutís.
@brinxer El problema no es que cite el artículo 47. El problema es que haya enlazado una imagen donde la policía desaloja a una persona que estaba ocupando un piso que no era suyo. Para luego pasar él a agredir a quien ocupaba su vivienda... que es justo lo que criticaba con esas imágenes que compartió.
#3 #3 memond0comepoiiasnodejausarsunombremierdaenelnick dijo: La realidad de las cifras desmonta los discursos. La realidad de la ocupación de viviendas que no están en manos de los bancos es marginal.
#2 @brinxer No se que haces que no eres profesor de Derecho Constitucional. Ya que tanto te gusta el Derecho, repásate la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda. A lo mejor encuentras que tus conclusiones poco tienen que ver con lo que significa ese y otros articulos de La Constitucion.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-12203#:~:text=La%20Constituci%C3%B3n%20espa%C3%B1ola%20(CE)%20reconoce,de%20los%20deberes%20constitucionales%20y @memond0comepoiiasnodejausarsunombremierdaenelnick La violencia de género supone un porcentaje inferior al de la ocupación, las cifras hablan por si solas. Hay que desmantelar todo lo referido a viogen y acabar con esta absurda discriminación contra el hombre por una incidencia tan ridícula.
Me estás oponiendo una ley aprobada por un gobierno que ha hecho mil y una barbaridades. Profesor de Derecho Constitucional no seré, pero se algo más de interpretación de las normas que tu por lo visto. También se que nuestra constitución tiene varios apartados y el artículo que se refiere a la vivienda no es precisamente de la parte de derechos fundamentales. Si te miras el preámbulo de la ley que tu me citas, comienza diciendo casi lo mismo que te he dicho yo, pero sigue y escurre el bulto. La realidad es la que es y no hay cojones a rebatirla. Tiene un preámbulo que ocupa 1/3 del texto legal porque no hay manera humana de justificar que la inacción del gobierno pueda suponer un perjuicio para los particulares. Pero bueno, que sabré yo sin ser tan letrado en el asunto como usted.
Que novedad, el típico progre que defiende la ocupación pero en casa ajena, seguro que tambien le gustan mucho los menas y los gitanos, pero bien lejos de su casa por supuesto...
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2 ago 2024, 18:25
Vamos a ponerlo completo porque si no la gente no se entera.: Art 47 CE: Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.
Esto no es un mandato a los particulares, es un mandato al gobierno. Pone utilización de suelo, no utilización de la vivienda ajena. Pone que deben promover la no especulación... cosa que en España, en nuestros maravillosos ayuntamientos se ha fomentado. Por que los particulares tienen que soportar la inacción suficiente del gobierno??? Ahora vais y me lo discutís.